Para empezar comentaremos que el 16 de Julio del 2015 mediante suplemento del Registro Oficial Nº 545, la Directora del Servicio de Rentas Internas resolvió expedir en la Resolución 509 las normas para el tratamiento tributario de dividendos por sociedades residentes en el país o establecidas en el Ecuador a favor de personas naturales y sociedades.

Por lo tanto para ser sujetos de retención del impuesto a la renta por dividendos debe aplicar las siguientes reglas:

Tratamiento tributario de dividendos : CASOS

1

Sociedad residente o establecida en el extranjero que no sea un paraíso fiscal

Si la distribución de dividendos se realiza a favor de una sociedad residente o establecida en el extranjero que no sea un paraíso fiscal, jurisdicción de menor imposición o régimen fiscal preferente, cuyo beneficiario efectivo sea una persona natural residente en el Ecuador, el ingreso por concepto de dividendos está gravado para quien se le distribuye y por tanto está sujeto a retención en la proporción del dividendo atribuible a dicho beneficiario efectivo. Esto aplica también para el caso de incumplimiento del deber de informar sobre la composición societaria

2

Sociedad residente o establecida en el Ecuador

Si la distribución de dividendos se realiza a favor de una sociedad residente o establecida en el Ecuador, el ingreso por concepto de dividendos está exento para la sociedad a quien se le distribuye y por tanto no está sujeto a retención, aun en el caso de que el beneficiario efectivo de dicha sociedad sea residente en el Ecuador.

3

Sociedad residente o establecida en el extranjero que no sea un paraíso fiscal

Si la distribución de dividendos se realiza a favor de una sociedad residente o establecida en el extranjero que no sea un paraíso fiscal, jurisdicción de menor imposición o régimen fiscal preferente, el ingreso por concepto de dividendos está exento para quien se le distribuye y, por tanto, no está sujeto a retención, siempre que el beneficiario efectivo sea un no residente en el Ecuador

4

Sociedad residente o establecida en un paraíso fiscal

Si la distribución de dividendos se realiza a favor de una sociedad residente o establecida en un paraíso fiscal, en una jurisdicción de menor imposición o en un régimen fiscal preferente, el ingreso por concepto de dividendos está gravado para quien se le distribuye y por tanto está sujeto a retención.

5

Persona natural residente en el Ecuador

Si la distribución de dividendos se realiza a favor de una persona natural residente en el Ecuador, el ingreso por concepto de dividendos está gravado para quien se le distribuye y está sujeto a retención. En este caso la persona natural al percibir su dividendo deberá consolidarlo en su renta global, declarar y pagar el impuesto sobre la totalidad de sus ingresos

6

Persona natural no residente en el Ecuador

Si la distribución de dividendos se realiza a favor de una persona natural no residente en el Ecuador, el ingreso por concepto de dividendos está exento para quien se le distribuye y por tanto no está sujeto a retención

¿Cuál es la lógica en la retención sobre dividendos?

Empiece respondiendo las siguientes preguntas:

  1. ¿Esta repartiendo dividendo a una sociedad ecuatoriana? Si. Entonces no aplica retención sobre dividendos.
  2. ¿Está repartiendo dividendo a una sociedad extranjera que no se encuentra establecida en un país de menor imposición? Si. Entonces no aplica retención.
  3. ¿Está repartiendo dividendo a una persona extranjera, no residente en Ecuador, cuya residencia no se encuentra establecida en un país de menor imposición? Si. Entonces no aplica la retención.
  4. ¿Esta repartiendo dividendo a una persona natural ecuatoriana o a una sociedad residente en un país de menor imposición? Si. Entonces si debe aplicar la retención.

¿Cómo calcular la retención sobre dividendos?

Para calcular la retención se deberá:

  1. sumar el dividendo distribuido a cada accionista, socio o partícipe, con el impuesto pagado por la sociedad que lo distribuye, atribuido a ese dividendo;
  2. sobre este rubro se deberá aplicar la tarifa de impuesto a la renta para personas naturales, conforme a la tabla de la letra a) del artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
  3. sobre este resultado las sociedades deberán restar el crédito tributario al que tenga derecho la persona natural residente en el Ecuador, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 137 del Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno.
  4. el valor así obtenido será retenido en la fuente por la sociedad que distribuya el dividendo y deberá ser detallado en el comprobante de retención correspondiente.

A un accionista ecuatoriano le toca recibir US$ 156,000 de utilidades del año 2017. La empresa por el año terminado el 31 de diciembre del 2017 pagó US$44,000 de impuesto a la renta.

El dividendo se paga en junio del 2018 para la retención de impuesto a la renta se utiliza la tabla de impuesto a la renta de personas del año 2018 de esta manera:

Concepto  US$
dividendo a recibir 156,000
impuesto pagado por CIA 44,000
dividendo bruto 200,000
fb tabla ir 2018 personas  22,485
fe tabla ir 2018 personas 29,789
Total impuesto 52,274
Crédito tributario 44,000
Retención efectiva    8,274

Sociedades residentes en paraísos fiscales

Por otro lado, en el caso de dividendos distribuidos a sociedades residentes o establecidas en paraísos fiscales, jurisdicciones de menor imposición o en regímenes fiscales preferentes sobre la parte que la sociedad que distribuye dividendos haya tributado con tarifa del 25%, la retención será del 10%, aplicable a la sumatoria del valor del dividendo más el impuesto atribuible a dicho dividendo. ( Cuando la tarifa de impuesto a la renta aplicada por la sociedad sea del 28%, el porcentaje de retención será 7%.)

25% + 3% = 28% es la tarifa de impuesto a la renta cuando los accionistas están radicados en paraísos fiscales ( 25% para el 2017).

La tasa normal de impuesto a la renta es del 25% ( 22% para el 2017)

La tasa máxima de impuesto a la renta de las personas naturales llega al 35%

Si efectuado el cálculo indicado en este artículo se obtiene un valor de cero (0) o negativo, se emitirá la retención en cero (0).La retención se efectuará en el momento que se produzca el hecho generador, de conformidad con la Ley.

¿Cuál es el formulario que se utiliza para la retención de impuesto a la renta sobre dividendos?

El formulario que se debe utilizar para el tratamiento tributario de dividendos es el 103.

¿Qué sucede cuando una sociedad distribuye dividendos o acredita valores de manera anticipada?

Cuando una sociedad distribuya dividendos con cargo a utilidades a favor de sus socios o accionistas, antes de la terminación del ejercicio económico y, por tanto, antes de que se conozcan los resultados de la actividad.

Retención si el beneficio es residente en un paraíso fiscal:

Será la tarifa general del IR establecida para sociedades, excepto cuando el beneficiario sea residente o establecido en paraíso fiscal o régimen de menor imposición en donde se aplicará la tarifa del 28% (25% para el 2017), sobre el monto total de tales pagos.

Tal retención será declarada y pagada al mes siguiente y constituirá crédito tributario para la empresa en su declaración de Impuesto a la Renta.

¿Cómo valida el SRI el cumplimiento de la retención sobre Dividendos?

Las Compañías que deben reportar sus utilidades y/o dividendos en el Anexo de Dividendos. Sobre esta base el SRI puede verificar el cumplimiento de las retenciones sobre dividendos.

Base legal

Art.15 y Art. 125 RLRTI
Modificado por Reglamento Ley Orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal
3SRO N.407 31/12/2014

Art.126 RLRTI y Art. 37 LRTI
Modificado por Ley Orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal 2SRO N.405
29/12/2014 y su Reglamento

 Resolución del SRI 509
Publicación: Registro Oficial Suplemento 545

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