Tabla de impuesto a la renta 2018

La tabla de impuesto a la renta 2018 para el caso de las personas naturales y de las sucesiones indivisas muestra las siguientes tarifas de acuerdo con su base imponible:

Tabla de impuesto a la renta 2018 
Fracción Básica Exceso Hasta Impuesto Fracción Básica Impuesto Fracción Excedente
  11.270 0 0
11,270 14.360 0 5%
14,360  17.950 155 10%
17,950 21.550 514 12%
21,550  43.100 946 15%
43,100  64.630 4,178 20%
64,630  86.180 8,484 25%
86,180  114.890 13,872 30%
114,890  En adelante 22,485 35%
       

Tabla de impuesto a la renta 2017

La tabla de impuesto a la renta 2017 para el caso de las personas naturales y de las sucesiones indivisas muestra las siguientes tarifas de acuerdo con su base imponible

Año 2017

Tabla de impuesto a la renta 2017 
Fracción Básica Exceso Hasta Impuesto Fracción Básica Impuesto Fracción Excedente
  11.290 0 0
11,290 14.390 0 5%
14,390  17.990 155 10%
17,990 21.600 515 12%
21,600  43.190 948 15%
43,190  64.770 4,187 20%
64,770  86.370 8,503 25%
86,370  115.140 13,903 30%
115,140  En adelante 22,534 35%
       

Año 2016

Tabla de impuesto a la renta 2016 
Fracción Básica Exceso Hasta Impuesto Fracción Básica Impuesto Fracción Excedente
  11.170 0 0
11.170  14.240 0 5%
 14.240  17.800 153 10%
17.800 21.370 509 12%
21.370  42.740 938 15%
 42.740  64.090 4,143 20%
64.090  85.470 8,413 25%
85.470  113.940 13,758 30%
113.940  En adelante 22,299 35%
       

Los beneficiarios de ingresos provenientes de herencias, legados, donaciones, hallazgos y todo tipo de acto o contrato por el cual se adquiera el dominio a título gratuito, de bienes y derechos, pagarán el impuesto, aplicando a la base imponible las tarifas contenidas en la siguiente tabla:

Tabla de impuesto a la renta 2017  -herencias
Fracción Básica Exceso Hasta Impuesto Fracción Básica Impuesto Fracción Excedente
  71.970 0 0
71,970  143.930 0 5%
 143.930  287.870 3,598 10%
 287.870 431.830 17,992 15%
431.830  575.780 39,586 20%
575.780  719.710 68,376 25%
 719.710  863.640 104,359 30%
863.640  En adelante 147,538 35%
       
Tabla de impuesto a la renta 2016  -herencias
Fracción Básica Exceso Hasta Impuesto Fracción Básica Impuesto Fracción Excedente
  71,220 0 0
71,220  142.430 0 5%
 142.430  284.870 3,561 10%
 284.870 427.320 17,805 15%
427.320  569.770 39,172 20%
569.770  712.200 67,662 25%
 712.200  854.630 103,270 30%
 854.630  En adelante 145,999 35%
       

Los beneficiarios de ingresos provenientes de herencias, legados, don

PASO A PASO DECLARAR EL IMPUESTO A LA RENTA DE SOCIEDADES EN ECUADOR

1.IDENTIFIQUE EL FORMULARIO

  • Para declarar y pagar el impuesto a la renta para sociedades se debe llenar el Formulario 101 incluyendo los valores correspondientes en los campos relativos al Estado de Situación Financiera, Estado de Resultados y Conciliación Tributaria, liquidación del impuesto y demás campos comprendidos en el formulario
  • Ver el formulario 101

2.REGISTRE LA INFORMACIÓN QUE PROCEDE DE LA CONTABILIDAD BAJO NIIF

  • En el Ecuador las empresas que cumplan con ciertos requisitos pueden llevar su contabilidad bajo NIIF PYMES. Ver artículo
  • Las demás empresas deben llevar las NIIF FULL
  • El impuesto diferido para fines tributarios es diferente en el Ecuador

3.ASEGÚRESE DE REGISTRAR LA INFORMACIÓN EN EL CASILLERO CORRECTO

  • El formulario 101 tiene fórmulas automáticas por lo que un incorrecto registro podría llevar a un cálculo erróneo

4.CALCULE LA PARTICIPACIÓN A TRABAJADORES

  • En el Ecuador se debe pagar el 15% de las utilidades antes de impuesto a los trabajadores ( ingresos menos gastos del ejercicio) Ver artículo
  • El valor pagado por participación de utilidades a trabajadores se descuenta de la base imponible

5.PREPARE LA CONCILIACIÓN TRIBUTARIA

  • La conciliación tributaria es un paso crítico de la declaración de impuestos donde se identifican los ingresos tributables, ingresos exentos, gastos deducibles y gastos no deducibles, además de ciertos beneficios tributarios y el cálculo del impuesto diferido.

6.DETERMINE EL IMPUESTO CAUSADO

  • Consulte la tarifa de impuesto a la renta para calcular el impuesto causado del ejercicio. Ver artículo
  • En el Ecuador existe un anticipo de impuesto a la renta que se convierte en impuesto mínimo si es mayor al impuesto causado.
  • Si el anticipo de impuesto es menor al impuesto causado, se considera un crédito del impuesto a pagar.

7.DETERMINE EL IMPUESTO A PAGAR

  • El impuesto a pagar es igual al impuesto causado menos el anticipo de impuesto a la renta y las retenciones de impuestos de impuesto que haya recibido sobre sus ingresos.

8.CALCULE EL ANTICIPO DE IMPUESTO A LA RENTA PARA EL SIGUIENTE AÑO

  • En el Ecuador las empresas deben declarar en el Formulario 101 un anticipo al impuesto a la renta para el siguiente ejercicio fiscal es cual se calcula así:

Suma matemática del 0.2% del patrimonio total, + 0.2% del total de costos y gastos deducibles a efecto del Impuesto a la Renta,  + 0.4% del activo total + 0.4% del total de ingresos gravables a efecto del impuesto a la renta.

 Existen algunos casos exonerados del anticipo de impuesto a la renta y ciertos temas que deben ser revisados cuidadosamente. Para el año 2017 se decretaron beneficios sobre el pago de la 3 cuota del anticipo de impuesto a la renta.  Vea el artículo de los cambios tributarios para el 2018.

9.VERIFIQUE EL PLAZO PARA DECLARAR

Puedes acceder a nuestra Base de Conocimiento de Impuestos Corporativos aquí