NIA 240: Responsabilidades del auditor en la auditoria de estados financieros con respecto al fraude
La NIA 240 trata de las responsabilidades del auditor de acuerdo al fraude en auditoria, por lo que establece lineamientos para el momento de considerar los fraudes o errores. Esta norma se relaciona mucho con la NIA 315 y la NIA 330 debido a las valoraciones de los riesgos y los errores de importancia relativa.
Diferencia entre fraude y error según la NIA 240:
El fraude en los estados financieros es intencional mientras que los errores en los estados financieros no son intencionales.
Responsabilidad de la gerencia junto al auditor
Es importante que la gerencia o administración, sea responsable de tener un diseño apropiado para reducir la existencia de fraudes o errores en los estados financieros es decir poner más énfasis a este punto. El auditor siempre va a recomendar implantar un tipo de sistema que ayude a la disminución de tales fraudes o errores. Esto implica el compromiso de crear una cultura de honestidad y comportamiento ético.
Característica del fraude
Aunque “fraude” es un concepto jurídico amplio, a los efectos de las NIA al auditor le concierne el fraude que da lugar a incorrecciones materiales en los estados financieros. Para el auditor son relevantes dos tipos de incorrecciones intencionadas: las incorrecciones debidas a información financiera fraudulenta y las debidas a una apropiación indebida de activos. Aunque el auditor puede tener indicios o, en casos excepcionales, identificar la existencia de fraude, el auditor no determina si se ha producido efectivamente un fraude desde un punto de vista legal