Impuesto a la Renta para sociedades:

¿Qué es el impuesto a la renta para sociedades?

El Impuesto a la Renta para sociedades se aplica sobre las rentas que obtengan las empresas que operen en Ecuador, no importa que sean nacionales o extranjeras.

LEY ORGÁNICA DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO Art. 2.- Concepto de renta.

REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN LEY ORGÁNICA DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO Art. 1.- Cuantificación de los ingresos

¿Existe algún requisito previo antes de declarar?

Todas las sociedades nacionales o extranjeras, que inicien una actividad económica o dispongan de bienes o derechos por los que tengan que tributar, tienen la obligación de acercarse a las oficinas del Servicio de Rentas Internas, SRI para obtener su Registro Único de Contribuyentes, dentro de los 30 días siguientes al de la constitución o inicio real de actividades

¿Cuál es la tarifa de impuesto a la renta para sociedades?

Excepto por lo mencionado en el párrafo siguiente, las empresas constituidas en el Ecuador o las sucursales de empresas extranjeras domiciliadas en el país, así como los establecimientos permanentes de empresas extranjeras no domiciliadas, a partir del año 2018, deben aplicar la tarifa del 25% sobre su base imponible.

La tarifa de impuesto a la renta para sociedades puede subir al 28% en estos casos:

  • cuando el 51% o más de sus accionistas o socios estén establecidos en paraísos fiscales o regímenes de menor imposición.
  • si la participación de accionistas o socios en paraísos fiscales de la sociedad es inferior al 50%, entonces aplica una tasa de 28% sobre la proporción de la base imponible que le corresponda
  • cuando la sociedad incumpla con el deber de informar sobre la participación de sus accionistas o socios con el Anexo de Accionistas, Partícipes, Socios, Miembros de Directorio y Administradores

¿Qué cambios existen para el año 2018?

Estamos actualizando este artículo con los cambios que aplican para el cierre tributario 2018. Le solicitamos encarecidamente que nos consulte.

Ver artículo sobre cambios en el impuesto a la renta para el 2018

PRINCIPALES CAMBIOS TRIBUTARIOS PARA EL 2018

¿Cuál es la base imponible del impuesto a la renta para sociedades?

En términos generales, la base imponible para sociedades se calcula sobre la totalidad de los ingresos ordinarios y extraordinarios gravados con impuesto a la renta, menos las devoluciones, descuentos, costos, gastos y deducciones imputables a dichos ingresos.

Debemos tener cuidado con los gastos y costos relacionados con la generación de ingresos exentos, puesto que no son deducibles. Tampoco se puede deducir aquellos costos y gastos que no estén relacionados con la actividad económica de la sociedad. Es decir, solo se podrán utilizar los costos y gastos que se hayan realizado con el fin de obtener, mejorar o mantener los ingresos sujetos al pago del Impuesto a la Renta.

Cuando una empresa no diferencia en su contabilidad los costos y gastos directamente atribuibles a la generación de ingresos exentos, deben considerar como tales, un porcentaje del total de costos y gastos igual a la proporción correspondiente entre los ingresos exentos y el total de ingresos. Además, de acuerdo con lo previsto en el Código del Trabajo, para efectos de la determinación de la base imponible, también es deducible la participación laboral en las utilidades de la empresa reconocida o en las utilidades reconocidas de la empresa.

¿Qué gastos son deducibles del impuesto a la renta para sociedades?

Para una mejor compresión debemos referirnos al art.28 del REGLAMENTO PARA APLICACION LEY DE REGIMEN TRIBUTARIO INTERNO, LORTI.

Son deducibles los gastos previstos por la Ley de Régimen Tributario Interno, en los términos señalados en ella y en su reglamento, tales como:

Remuneración y beneficios sociales

Servicios

Créditos incobrables hasta por los límites establecidos

Suministros y materiales

Gastos de reparaciones y mantenimiento

Depreciaciones

Amortizaciones

Pérdidas

Gastos de gestión

Gastos de promoción y publicidad

Mermas

Gastos por fusiones, escisiones, liquidación y disolución

Regalías, servicios técnicos y consultoria

Gastos de instalación y similares

Debemos tener mucho cuidado con estos asuntos.

¿En el Ecuador cuál es el período impositivo?

El ejercicio impositivo comprende del 1o. de enero al 31 de diciembre.

¿Cuándo se debe declarar el impuesto la renta para sociedades?

Hasta el mes de abril de cada año, las sociedades deben realizar la declaración y pago del Impuesto a la Renta correspondiente al período fiscal inmediato anterior, de acuerdo al noveno dígito del RUC, como se detalla en el siguiente calendario:

Noveno Dígito Día de declaración
1 10 de abril
2 12 de abril
3 14 de abril
4 16 de abril
5 18 de abril
6 20 de abril
7 22 de abril
8 24 de abril
9 26 de abril
0 28 de abril

¿Cuál es el formulario para declarar el impuesto a la renta para sociedades?

Para declarar y pagar el impuesto a la renta para sociedades se debe llenar el Formulario 101 incluyendo los valores correspondientes en los campos relativos al Estado de Situación Financiera, Estado de Resultados y Conciliación Tributaria, liquidación del impuesto y demás campos comprendidos en el formulario.

Formularios para declarar impuesto en Ecuador

¿Existe alguna tabla de impuesto a la renta para sociedades?

A continuación incluimos un artículo con la tabla de impuesto a la renta

TABLA DE IMPUESTO A LA RENTA 2018

TABLA DE IMPUESTO A LA RENTA 2017

¿Existen retenciones o anticipo sobre la renta para sociedades?

En el Ecuador las empresas deben declarar en el Formulario 101 un anticipo al impuesto a la renta para el siguiente ejercicio fiscal es cual se calcula así:

Suma matemática del 0.2% del patrimonio total, + 0.2% del total de costos y gastos deducibles a efecto del Impuesto a la Renta,  + 0.4% del activo total + 0.4% del total de ingresos gravables a efecto del impuesto a la renta.

Nota: para este cálculo hay que tomar en cuenta lo siguiente:

  • Se deberá incluir dentro de los activos de las arrendadoras mercantiles los bienes dados por ellas en arrendamiento mercantil
  • Las instituciones sujetas al control de la Superintendencia de Bancos y Seguros y cooperativas de ahorro y crédito y similares, no considerarán en el cálculo del anticipo los activos monetarios.
  • No se considerará el valor del terreno sobre el que desarrollen actividades agropecuarias.
  • No se considerará para el cálculo las cuentas por cobrar salvo aquellas que mantengan con relacionadas.

El anticipo constituye crédito tributario para el pago de Impuesto a la Renta y se lo pagará en dos cuotas en los meses de julio y septiembre de acuerdo al noveno dígito del RUC o cédula.

Toda persona jurídica o persona natural obligada a llevar contabilidad que pague o acredite en cuenta cualquier tipo de ingreso que constituya renta gravada para quien los reciba, actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta. Estas retenciones se disminuyen del anticipo y/o del impuesto causado.

Ver más en:

ANTICIPO DE IMPUESTO A LA RENTA

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