Contratación de extranjeros en Ecuador
La contratación de extranjeros en Ecuador en el campo laboral de nuestro país requiere el cumplimiento fundamental de la obtención de la visa 12-VI de trabajo proporcionada por la Dirección General de Migración y de Extranjería. Esta visa tiene una validez máxima de dos años renovables.
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Categorías de Visas para Extranjeros
1. Visas para No Inmigrantes (corta duración): este tipo este tipo de visa se aplica para extrnjeros que requieran permanecer en el Ecuador por una actividad específica, durante un lapso de tiempo determinado; tal es el caso de: actividades comerciales, laborales con relación de dependencia, o por servicios profesionales, estudios, servicios religiosos, etc.
A continuación se encuentran los diferentes tipos de visas para esta categoría:
a. Visa Funcionarios de Misiones Diplomáticas y Organismos Internacionales (Visa 12-I y 12-II). Esta visa se otorga a funcionarios que ostenten rangos Diplomáticos. Se requiere una Nota verbal de la embajada solicitando la visa. Su validez rige hasta que se de por terminada la misión.
b. Visa Funcionarios de Organismos Internacionales (12-III). Se aplica para miembros de Organismos internaciones u organismos que tengan suscrito un convenio de cooperación con el estado ecuatoriano. Uno de los requisitos es la presentación de una carta de solicitud del organismo internacional reconocido por el Gobierno del Ecuador solicitando la visa. Su validez es por el tiempo que dure la misión del titular.
c. Visa Asilo y Refugio (12-IV). Esta visa se otorga a favor de las personas desplazadas de su país de origen, como consecuencia de guerra o de persecuciones ,ya sean estas de tipo racial, políticas, religiosas, por su nacionalidad, por pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, con el propósito de proteger su vida o libertad.
d. Visa Estudiantes (12-V). Se otorga esta visa a los estudiantes que deseen iniciar, completar o perfeccionar su instrucción en establecimientos oficiales o particulares con reconocimiento gubernamental y sus familiares mas cercanos.
e. Visa Trabajo (12-VI). Esta visa se otorga a profesionales de alto nivel técnico, a través de las siguientes modalidades:
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f. Visa Religiosos, Misioneros y Voluntarios (12-VII). Esta visa se otorga a misioneros, voluntarios o religiosos pertenecientes a organizaciones u órdenes reconocidas en su país de origen y en el Ecuador; con el fin de dedicarse a labores asistenciales.
g. Visa Intercambio Cultural (12-VIII). Esta visa aplica para personas asistidas por organismos nacionales, para realizar intercambios culturales.
h. Visa Actos de Comercio (12-IX). Se otorga esta visa a visitantes temporales con fines lícitos tales como turismo, deporte, salud, estudios, ciencia, arte o para ejecutar actos de comercio que no impliquen la importación simultánea de bienes.
i. Visa Turismo (12-X). Se otorga esta visa a visitantes temporales con fines lícitos tales como turismo, deporte, salud, estudios, ciencia o arte. Esta visa tiene vigencia hasta por 180 días.
2. Visas para No Inmigrantes (larga duración): dichas visas aplican para extranjeros que requieran residir en el Ecuador por un tiempo indeterminado en virtud de distintas circunstancias, como por ejemplo: para Apoderados Generales de compañías, Inversionistas en industria, bienes raíces, comercio; por parentesco o matrimonio con un ciudadano ecuatoriano, entre otros.
Esta visa es otorgada a profesionales de alto nivel técnico, trabajadores especializados, Presidentes o Gerentes Generales y Apoderados. También pueden obtener esta visa personas extranjeras que las empresas requieran para ejecutar labores temporales de su especialidad o con fines de entrenamiento industrial. Estos ciudadanos extranjeros podrán obtener también esta visa para sus familiares más cercanos dentro del segundo grado de consanguinidad y primero se afinidad.
Los requisitos para la obtención de la visa 12-VI son:
- Petición Escrita de la empresa
- Formulario de solicitud de visa
- Pasaporte con vigencia mínima de seis meses
- Curriculum vitae u hoja de vida
- Escritura de constitución de la compañía que lo requiere
- Certificado actualizado del RUC del auspiciante
- Certificado actualizado de cumplimiento de obligaciones Super. Cias.
- Certificado actualizado de no tener obligaciones pendientes con el IESS
- Nombramiento del Presidente, Gerente General o Apoderado
Además, se deberá presentar según el caso lo siguiente:
- En caso de contrato de trabajo, la Autorización laboral emitida por el Ministerio de Relaciones Laborales y el contrato inscrito (legalizado).
- En caso de nombramiento, sea de Presidente, Gerente, Apoderado deberá estar inscrito en el Registro Mercantil.
- En caso de contrato civil de prestación de servicios profesionales, el contrato deberá estar inscrito el el Juzgado de lo Civil o Notaría y una copia del título debidamente apostillado y traducido al español de ser necesario.
- En caso de Auspicio, debe presentar la carta original otorgada por la casa matriz, apostillada o legalizada y traducida al español de ser el caso.