Formulario 101
El formulario 101 sirve para el cumplimiento de entrega de balances a la Superintendencia de Compañías del Ecuador y la declaración del impuesto a la renta.
Resolución_NAC-DGERCGC18-00000157
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Objetivos del formulario:
- El formulario busca armonizar los cambios originados por la adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) -para la presentación y medición de los activos, pasivos, patrimonio, ingresos y gastos, en relación con los Principios Contables Generalmente Aceptados anteriormente en Ecuador.
- El Servicio de Rentas ecuatoriano a través de las leyes busca que las empresas ecuatorianas declaren primero sus estados financieros bajo NIIF y después en la conciliación tributaria se identifiquen las partidas no deducibles o aquellas que se consideran parte de los impuestos diferidos.
- Tradicionalmente, el formulario ha contenido todos los casilleros de manera desagregada, haciendo significativamente extenso su formato de presentación y el proceso de llenado. Esta nueva versión del formulario 101 incorpora ahora el uso de casilleros y casillas. Las casillas corresponden a las subdivisiones de los casilleros. Esta metodología permite reordenar y agrupar los diferentes tipos de cuentas contables. De esta manera, el formato de presentación del formulario mostrara en primera instancia los grupos principales de cuentas contable.
- En los casilleros 803 al 813 se presentan las DIFERENCIAS PERMANENTES que comprende a todos los ingresos (gastos) que son exentos (no deducibles) de impuesto a la renta en el ejercicio fiscal declarado, y no serán gravados (deducibles) en ejercicios fiscales futuros.
- En los casilleros 814 al 833 se presenta la GENERACIÓN / REVERSIÓN DE DIFERENCIAS TEMPORARIAS (IMPUESTOS DIFERIDOS) que comprende a todos los ingresos (gastos) que son exentos (no deducibles) de impuesto a la renta en el ejercicio fiscal declarado, y sí serán gravados (deducibles) en ejercicios fiscales futuros, cuando se cumplan las condiciones establecidas en la normativa tributaria vigente.
- En los casilleros 880 al 887 se presenta de manera informativa el OTRO RESULTADO INTEGRAL DEL PERIODO el mismo que comprende partidas de ingresos y gastos (incluyendo ajustes por reclasificación), durante el ejercicio fiscal, que no se han reconocido en el resultado del periodo tal como lo requieren o permiten ciertas normas contables.
- Incluye novedad del casillero 851, 852, 853 por los efectos del decreto ejecutivo 210 por la rebaja del anticipo (http://www.smsecuador.ec/principales-cambios-tributarios-para-el-2018/)