Remuneraciones adicionales y utilidades
Sobre las remuneraciones adicionales y utilidades el Ministerio del Trabajo expidió el Reglamento para su pago y declaración (decimotercera y decimocuarta remuneraciones, la participación de utilidades y consignaciones), para establecer procedimientos administrativos y mecanismos de control que garanticen el cumplimiento de estas obligaciones para los trabajadores ecuatorianos.
Base legal:
Código de Trabajo Art. 97, 110, 111 y Art.
Reparto de las utilidades.
En el Art. 97 del Código del Trabajo, se establece que el empleador o empresa reconocerá en beneficio de sus trabajadores el quince por ciento(15%) de las utilidades líquidas.
Para la determinación de las mismas, se tomará como base las declaraciones o liquidaciones del pago del impuesto a la renta.
113. x Acuerdo Ministerial No. 0045 del 06 de marzo de 2015
De acuerdo al Art. 111. del Código de Trabajo:
Los trabajadores tienen derecho a que sus empleadores les paguen mensualmente, la parte proporcional a la doceava parte de las remuneraciones que perciban durante el año calendario.
A pedido escrito de la trabajadora o el trabajador, este valor podrá recibirse de forma acumulada, hasta el veinte y cuatro de diciembre de cada año.
La remuneración a que se refiere el inciso anterior se calculará de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 95 del Código de Trabajo.
¿Cómo se calcula el décimo cuarto sueldo?
Para saber cómo se calcula el décimo cuarto sueldo en el Ecuador primero debes considerar los siguientes asuntos:
- la región del Ecuador donde se encuentra establecida la empresa
- el período de tiempo trabajado
Si estás en la Sierra, Costa, Oriente o región Insular el calculo de valor no cambia, pero si cambia la fecha de cálculo y la de pago.
Procedimiento a seguir para reportar el cumplimiento de estas obligaciones laborales:
- Ingresar a la página web http://www.trabajo.gob.ec/
- Creación de acceso exclusivo por el empleador.
- Actualización de información de datos de la empresa.
- Generación de contraseñas para empleador.
- Envío al mail registrado, código de seguridad.
- Digitar el codigo enviado en el sistema para activación de módulo de Salarios.
- Plataforma para ingresar información p a r a Declarar.
- Cargar las declaraciones sobre la Decimocuarta, Decimatercera Remuneración y U t i l i d a d e s (archivos tipo “CSV” o de 1 a 10 trabajadores.)
- En la pantalla se desplegarán los reportes de declaración.
- Aparecerá la opción para enviar al MDT
- Luego de enviar oprimiendo este botón, su documentación quedará Registrada.
décimo tercer sueldo