NIIF 16 Arrendamientos: lo que necesita saber
El arrendamiento es una forma de financiamiento muy utilizada en el mundo gracias a que permite obtener las ventajas el uso de activos que de otra forma significaría mayores desembolsos de caja en un momento dado.
El asunto complicado es el cambio de norma los pasos deben dar las empresas para implementarlos.
¿De qué trata la NIIF 16?
La NIIF 16 es una Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) promulgada por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) que proporciona orientación sobre la contabilidad de los arrendamientos.
¿Qué es un arrendamiento según la NIIF 16?
Según la NIIF 16, un arrendamiento se define como:
“un contrato, o parte de un contrato, que otorga el derecho a usar un activo (el activo subyacente) durante un período de tiempo determinado a cambio de una contraprestación”
¿Qué norma sustituye la NIIF 16?
Al entrar en vigor la NIIF 16, el 1 de enero de 2019, reemplazó el estándar de arrendamiento anterior, la NIC 17.
Adicionalmente se reemplazaron las siguientes normas:
- CINIIF 4 – Determinación de si un Acuerdo contiene un Arrendamiento
- SIC 15 – Arrendamientos Operativos – Incentivos
- SIC 27 – Evaluación de la esencia de las transacciones que adoptan la forma legal de un arrendamiento
La NIIF para pyme a la fecha de este artículo, específicamente la Sección 20, no tenía cambios.
¿Cuáles son los principales cambios?
En la NIC 17 eliminada, los arrendatarios y arrendadores, necesitaban clasificar el arrendamiento como financiero u operativo.
Si el arrendamiento se clasificaba como operativo no se mostraba ningún activo o pasivo por la transacción.
Por lo tanto, la aplicación de la NIIF 16 Arrendamientos, genera un aumento de los activos por el registro del valor presente de los pagos futuros de los arrendamientos y los pasivos financieros correspondientes en el balance del arrendatario.
Por otro lado, el EBITDA del arrendatario también aumenta.
Se estima que el total de activos de las empresas aumentarán.
¿Todos los contratos de arrendamiento estarán sujetos a las exigencias de la NIIF 16?
La NIIF 16 permite, como exenciones, que una entidad pueda elegir a seguir contabilizando un arrendamiento de la misma manera como un arrendamiento operativo bajo la NIC 17.
Primera exención
Tiene que ver con los arrendamientos a corto plazo.
Si el arrendamiento tiene un plazo de 12 meses o menos, y no contiene una opción de compra, puede seguirse tratando como gasto de arrendamiento normal.
Segunda exención
Si el activo arrendado es de bajo valor cuando es nuevo, independientemente de la antigüedad del activo que está siendo arrendado,
La norma no especifica un monto que se considera ‘bajo valor’, sin embargo, el IASB tenía en mente arrendamientos de activos subyacentes con un valor, cuando nuevo, en el orden de magnitud de US$5,000 o menos.
¿Cuál es el siguiente paso?
Es importante:
- Capacitar para conocer la necesidad de cambios a los sistemas y procesos; por ejemplo, para rastrear individualmente los arrendamientos o a nivel de portafolio y para realizar cálculos;
- Analizar los juicios requeridos particularmente con relación a la definición de un arrendamiento y en la valoración del término de arrendamiento;
- Revisar cualquier potencial impacto tributario si el tratamiento de un arrendamiento para propósitos financieros afecta la base tributaria
- El impacto del Estándares en métricas clave, convenios de pago de deuda y compensación de la administración; y
- Información adicional que las entidades puedan necesitar reunir para hacer las revelaciones requeridas.
¿Qué capacitación podemos ofrecer?
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