Este artículo ofrece un análisis de la Resolución Nro. NAC-DGERCGC23-00000025, emitida por el Director General del Servicio de Rentas Internas el 13 de septiembre de 2023. Se abordan los cambios al informe de precios de transferencia en Ecuador, su impacto en las empresas y cómo SMS Auditores puede ofrecer soluciones efectivas en este ámbito.


Considerandos claves de la Resolución

Comenzaremos con los considerandos de la nueva resolución, los mismos que establecen el marco legal y los principios que la rigen. Entre ellos se destacan:

  • Resolución sobre Operaciones con Partes Relacionadas: En el Registro Oficial No. 511 del 29 de mayo de 2015, se publicó la Resolución NAC-DGERCGC15-00000455, que establece el contenido del anexo de operaciones con partes relacionadas y del informe integral de precios de transferencia.
  • Normas Técnicas para Precios de Transferencia: La Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000532, publicada el 30 de diciembre de 2016, establece las normas técnicas para la aplicación del régimen de precios de transferencia y la prelación en la utilización de los métodos para aplicar el principio de plena competencia.

¿Qué cambios sobre el Informe de Precios de Transferencia introduce esta resolución?

En esta resolución se han realizado cambios significativos en el artículo 2 y en el artículo 6 de la Resolución No. NAC-DGERCGC15-00000455 anterior.

  • Ahora se establece un nuevo umbral para la presentación del Informe Integral de Precios de Transferencia.
  • Se introduce la posibilidad de utilizar información financiera del año anterior en casos específicos.
  • Se reforman algunas de las transacciones con partes relacionadas que no se deben considerar para determinar el monto de operaciones para presentar tanto el anexo cuanto el informe integral de precios de transferencia

Nuevos umbrales para aplicación del informe de precios de transferencia a partir del 2023

Ámbito de Aplicación y Nuevos Umbrales

  • Se mantiene el límite a los sujetos pasivos del Impuesto a la Renta que, dentro de un mismo período fiscal, hayan efectuado operaciones con partes relacionadas en un monto acumulado superior a tres millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 3.000.000,00) por lo que deberán presentar el Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas.
  • Si tal monto es superior a diez millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 10.000.000,00), dichos sujetos pasivos deberán presentar, adicionalmente al Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas, el Informe Integral de Precios de Transferencia. (Antes el monto era de US$15.000.000,00).
SMS cambios en precios de transferencia 2023

¿Quieres saber qué es el informe de precios de transferencia?

¿Qué operaciones no están contempladas en el cálculo?

Exclusiones en el Cálculo del Monto de Operaciones

  • No se deben incluir pagos de capital de pasivos.
  • Se excluyen sujetos pasivos con ingresos de actividades agropecuarias en producción y/o comercialización local o exportación que se acojan al régimen de impuesto a la renta único.

Metodología Aprobada y Consulta de Valoración

  • Se elimina la disposición que aplicaba a operaciones entre partes relacionadas locales si se tenía una metodología aprobada vía consulta de valoración previa.

Operaciones de Pasivo

  • No se deben incluir operaciones de pasivo, salvo préstamos contraídos en el periodo fiscal reportado.

Condiciones Específicas para Partes Relacionadas Locales

  • Se excluyen si realizan operaciones con sujetos pasivos con ingresos de actividades agropecuarias que se acojan al régimen de impuesto a la renta único.
  • Se excluyen si el sujeto pasivo aprovechó exoneraciones, aplicó reducciones de tarifa de impuesto a la renta o tiene titulares de capital en paraísos fiscales o jurisdicciones de menor imposición.

¿Qué temas adicionales trata?

Uso de Información Financiera del Año Anterior

  • En caso de no existir información financiera de alguna(s) de las operaciones comparables, se podrá utilizar, únicamente para esos casos, la información del año inmediatamente anterior (cuyo cierre contable sea posterior al 30 de junio de dicho año); siempre y cuando, se demuestre que las condiciones relevantes en ambos períodos no cambiaron.

Reserva de la información

  • Se sustituye el término “Confidencialidad” por el de “Reserva de la información”.

Consideraciones Adicionales

  • El Informe Integral de Precios de Transferencia debe presentarse a través de los canales que el Servicio de Rentas Internas ponga a disposición de los contribuyentes y sean informados en su página web institucional.
  • El texto del informe debe ser presentado en archivo digital en formato PDF-texto, adjuntando una carta firmada por el sujeto pasivo en la cual se haga referencia al contenido (índice).

¿Qué es el informe de precios de transferencia?

Puedes conocer más de este tema en este artículo

¿Cómo Puede SMS Auditores Ayudar?

La nueva Resolución sobre precios de transferencia trae cambios significativos que afectan a las empresas en Ecuador. Es crucial estar al día con estas normativas para evitar sanciones y optimizar las operaciones.

En SMS Auditores, ofrecemos servicios especializados en precios de transferencia que se ajustan a las nuevas normativas.

Nuestro equipo de expertos puede ayudarle a cumplir con los requisitos legales y optimizar sus operaciones:

  • Asesoramiento en la preparación del Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas.
  • Elaboración del Informe Integral de Precios de Transferencia.


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