BOLETÍN TRIBUTARIO Y DE OBLIGACIONES EMPRESARIALES – MARZO 2025

A continuación, se detallan las principales obligaciones tributarias y empresariales que las sociedades y personas naturales, deben cumplir durante el mes de marzo de 2025.

1. TRIBUTARIO

Este apartado incluye las obligaciones relacionadas con impuestos y declaraciones ante el Servicio de Rentas Internas (SRI) y otras entidades tributarias.

  • Declaración del Impuesto a la Renta 2024 – Personas Naturales y Sucesiones Indivisas (Régimen General y RIMPE Emprendedores):
    • Fecha límite: Entre el 10 y el 28 de marzo de 2025, según el noveno dígito del RUC o cédula.
    • Aplica a personas naturales, sucesiones indivisas y personas naturales sujetas al Régimen RIMPE Emprendedores que obtuvieron rentas gravadas superiores a la fracción básica desgravada (S/1 902) durante el ejercicio fiscal 2024 (del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024).
    • Debe presentarse ante el SRI mediante los formularios correspondientes.
  • Segunda Cuota de la Contribución Temporal de Seguridad (CTS):
    • Fecha límite: 31 de marzo de 2025.
    • Aplica a sociedades y establecimientos permanentes que obtuvieron utilidades gravadas del impuesto a la renta en 2022.
    • Este pago se realiza en el marco de la Ley Orgánica de Eficiencia Económica (LOECA) para financiar recursos estatales frente al conflicto armado interno y sus efectos colaterales.
  • Declaración y Pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) – Formulario 104:
    • Fecha límite: En marzo de 2025, según el noveno dígito del RUC, en las fechas mensuales correspondientes.
    • Las empresas deben presentar la declaración y realizar el pago del IVA correspondiente a las operaciones del mes.
  • Retenciones en la Fuente de IR – Formulario 103:
    • Fecha límite: En marzo de 2025, según el noveno dígito del RUC, en las fechas mensuales correspondientes.
    • Las empresas deben presentar la declaración y realizar las retenciones correspondientes a las operaciones realizadas.
  • Presentación del Anexo Transaccional Simplificado (ATS):
    • Fecha límite: En marzo de 2025, según el noveno dígito del RUC, en las fechas mensuales correspondientes.
    • Presentación de información sobre operaciones de compras, ventas, ingresos, exportaciones, importaciones y otros obtenidos del exterior.
  • Declaración de Regalias de la Actividad Minera:
    • Fecha límite: Entre el 10 y el 28 de marzo de 2025, según el noveno dígito del RUC.
    • Los titulares de derechos mineros deben presentar la declaración y pago de regalias por el segundo semestre de 2024 (julio-diciembre) mediante el Formulario 113.
  • Declaración de Patente a la Conservación Minera:
    • Fecha límite: Hasta el 31 de marzo de 2025.
    • Los titulares de una o varias concesiones mineras deben pagar una patente anual de conservación minera por cada una de ellas, cualquiera sea su fase y modalidad, y presentar la declaración correspondiente.
  • Pago del Impuesto Predial Urbano:
    • Fecha límite: Hasta el 15 de marzo (con 6% de descuento) o entre el 16 y 31 de marzo (con 5% de descuento).
    • Aplica a personas naturales y sociedades propietarias de predios ubicados dentro de los límites de las zonas urbanas, debiendo pagar ante la respectiva municipalidad de la jurisdicción donde se encuentre ubicado el predio.
  • Pago del Impuesto Predial Rural:
    • Fecha límite: Hasta el 1 de marzo de 2025.
    • Aplica a propietarios o poseedores de predios ubicados fuera de los límites de las zonas urbanas, debiendo pagar la primera cuota del impuesto ante la municipalidad donde se encuentre ubicado el bien. El pago se efectúa en dos dividendos: el primero, hasta marzo 1; y el segundo, hasta septiembre 1, de cada año.
  • Impuesto sobre el Capital de Operación – Junta de Beneficencia de Guayaquil:
    • Fecha límite: 31 de marzo de 2025.
    • Aplica a personas jurídicas que ejercen actividades productivas en la provincia del Guayas y están afiliadas a una de las cámaras de la producción, debiendo pagar ante la H. Junta de Beneficencia de Guayaquil el impuesto anual sobre el capital de operación.
  • Impuesto Vehicular:
    • Fecha límite: Hasta el último día hábil de marzo de 2025.
    • Aplica a propietarios de vehículos de uso particular cuyo último dígito de placa sea 2, debiendo realizar el pago anual del impuesto sobre la propiedad vehicular ante instituciones financieras autorizadas por el SRI. Para vehículos de uso comercial o servicio público, el pago se realiza hasta el último dígito de placa sea 3 y 4, también hasta el último día hábil de marzo.
  • Reporte de Información de Ventas a Crédito:
    • Fecha límite: 10 de marzo de 2025.
    • Las compañías sujetas a control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) que realicen ventas a crédito con o sin intereses, deben suministrar la información sobre dichas operaciones al Registro de Datos Crediticios, que forma parte del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos.
  • Otras Informaciones a Presentar:
    • Formulario 105 (ICE): Declaración del Impuesto a los Consumos Especiales, según el noveno dígito del RUC, en las fechas mensuales correspondientes.
    • Formulario 109 – Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) (Presuntivo): Declaración del ISD por transferencias de dinero al exterior, según el noveno dígito del RUC, en las fechas mensuales correspondientes.
    • Anexo Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas no Retornables (IBP): Presentación según el noveno dígito del RUC, en las fechas mensuales correspondientes.
    • Anexo Precio de Venta al Público (PVP): Presentación según el noveno dígito del RUC, en las fechas mensuales correspondientes.
    • Anexo de Notarios y Registradores: Presentación según el noveno dígito del RUC, en las fechas mensuales correspondientes.
    • Anexo Impuesto a la Salida de Divisas (ISD): Presentación según el noveno dígito del RUC, en las fechas mensuales correspondientes.
    • Reporte de Operaciones y Transacciones Económicas Financieras (ROTEF): Presentación por instituciones financieras, según el noveno dígito del RUC, en las fechas mensuales correspondientes.
    • Reporte de Operaciones y Transacciones Individuales Justificadas (ROIJ): Presentación según el noveno dígito del RUC, en las fechas mensuales correspondientes.
    • Reporte de Operaciones y Transacciones Individuales (RESU): Presentación según el noveno dígito del RUC, en las fechas mensuales correspondientes.

2. SOCIETARIO Y GENERAL

Este apartado incluye obligaciones relacionadas con la gestión empresarial, laboral y otras normativas no estrictamente tributarias.

  • Junta General Ordinaria de Socios o Accionistas:
    • Fecha límite: No especificada con fecha exacta en marzo, pero debe realizarse anualmente.
    • Las sociedades deben convocar y celebrar la junta general ordinaria para revisar y aprobar los estados financieros y otras decisiones relevantes del año 2023.
  • Liquidación de Salario Digno 2023:
    • Fecha límite: 31 de marzo de 2025.
    • Los empleadores que no pagaron a sus trabajadores un monto igual o superior al salario digno mensual durante 2023 deben liquidar y pagar esta compensación.
  • Décimo Cuarta Remuneración – Régimen Costa e Insular (Acumulación):
    • Fecha límite: 15 de marzo de 2025.
    • Pago de la décimo cuarta remuneración a favor de los trabajadores en relación de dependencia en las regiones Costa e Insular que optaron por acumularlo.
    • Presentación del Formulario de la Décima Cuarta Remuneración: Desde el 20 de marzo hasta el 20 de abril de 2025, los empleadores cuyo noveno dígito del RUC sea 1, 2, 3, 4 y 5 deben registrar, mediante el sistema de salarios en línea del Ministerio del Trabajo, el pago de la décimo cuarta remuneración como “bono escolar”, respecto de sus trabajadores en las regiones Costa e Insular, en base al cronograma de presentación publicado anualmente en la página web del Ministerio del Trabajo (www.trabajo.gob.ec).
  • Acreditación de Cargas Familiares para Participación de Utilidades 2024:
    • Fecha límite: 31 de marzo de 2025.
    • Los trabajadores y ex trabajadores deben acreditar ante sus empleadores las cargas familiares para la distribución del 5% de la participación de utilidades correspondientes al ejercicio fiscal 2024.
  • Liquidación de Utilidades 2024:
    • Fecha límite: 31 de marzo de 2025.
    • Los empleadores deben realizar la liquidación de utilidades correspondientes al año 2024 con fines de determinar el porcentaje de las utilidades en que participarán los trabajadores, conforme al Art. 105 del Código de Trabajo.
  • Compensación Económica por Salario Digno 2024:
    • Fecha límite: 31 de marzo de 2025.
    • Los trabajadores en relación de dependencia que percibieron ingresos mensuales inferiores al salario digno durante el ejercicio económico 2024, deberán recibir su compensación económica.
  • Presentar la Residencia Fiscal de los Accionistas:
    • Fecha límite: 31 de marzo de 2025.
    • Las personas jurídicas inscritas en el Registro del Mercado de Valores deben reportar ante la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, el domicilio o residencia y la identificación de sus accionistas, socios o partícipes hasta la última persona natural, con corte a diciembre 31 de 2024.

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