Ley de Equilibrio de Finanzas Públicas

Resumen:

La Ley de Equilibrio de Finanzas Públicas incluye, entre otros, los siguientes impuestos:

  1. aumento de impuestos a cigarrillos ( tarifa específica 0,15 dólares por unidad);
  2. aumento de impuestos a bebidas alcohólicas, distintas a la cerveza ( tarifa específica de 7,24 dólares por litro de alcohol puro y una tarifa ad valorem de 75 %; la cerveza , 12 dólares por litro de alcohol puro y 75 % de tarifa ad valorem)
  3. Los servicios de telefonía fija y móvil prestados a sociedades con un impuesto del 15%. (Se excluye servicios utilizados en operaciones de dinero electrónico).
  4. Los ciudadanos ecuatorianos o extranjeros podrán sacar del país, en efectivo, solo un máximo de tres salarios básicos (1.098 dólares). El resto pagará impuesto. (antes menos de US$10,000 no era objeto de declaración). Los sujetos pasivos que abandonen el país portando efectivo y no haya efectuado la declaración y pago del impuesto a la salida de divisas dentro de los plazos dispuestos, serán sancionados con multa equivalente al 50 % del valor declarado.

Incentivos

  • Disminución de hasta 2 puntos del IVA por consumos con medios electrónicos de pago.
  • Reducción del anticipo de Impuesto a la Renta de más de 66.000 microempresas a través de un cálculo más simple.
  • Rebaja del anticipo de Impuesto a la Renta a las empresas que utilicen dinero electrónico como medio de pago.
  • Los contribuyentes que pertenecen al RISE y pagan a tiempo sus cuotas mensuales o anuales con dinero electrónico, obtienen una devolución del 5% del valor de la cuota más el 5% por comprar y vender con dinero electrónico.
  • Se extiende el plazo de presentación y pago de obligaciones con SRI e IESS a los proveedores del Estado con la finalidad de que no se generen intereses ni multas, hasta que sus trámites se cancelen por parte del Ministerio de Finanzas. Los trabajadores no pierden ninguna de las prestaciones de la Seguridad Social. El plazo máximo de esta medida es el 31 de diciembre de 2016.
  • Eliminación de ISD en transacciones de hasta $ 5.000 dólares anuales con tarjeta de crédito y débito y exención de ISD para traslados en efectivo por motivo de viaje, por un monto de hasta $ 1.098 dólares por cada adulto, más $ 366 dólares por cada menor de edad. Este límite no aplica para estudios en el exterior o enfermedades catastróficas.
  • Exoneración del ICE a los bienes que se donan a los afectados del terremoto a través de una institución pública.

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